Micelio
Auto18 de abril de 2024

A- de 2024

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

Demandante Secretaria De Desarrollo Economico Del Magdalena

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Solicitud de modulación de la Sentencia T-606/15.

El Tribunal Administrativo del Magdalena remitió a la Corte Constitucional la solicitud de modulación de la orden tercera del precitado fallo, presentada ante ese despacho por la Secretaría de Desarrollo Económico de la gobernación del Magdalena, para que decida si orden del apoyo alimenticio y económico de carácter transitorio la puede asumir otra autoridad diferente a la autoridad territorial referida.

Teniendo en cuenta que la petición de modulación se presentó dentro del trámite de un incidente de desacato consideró la Sala Plena que no tiene competencia para asumir éste, en tanto no se cumple con ninguna de las situaciones límite para ello.

En consecuencia, se RECHAZA la solicitud remitida por Tribunal Administrativo del Magdalena a propósito de la petición elevada a esa Corporación por la Secretaría de Desarrollo Económico de la gobernación del Magdalena.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. RECHAZAR la solicitud remitida por el Tribunal Administrativo del Magdalena a propósito de la petición elevada ante el Tribunal por la Secretaría de Desarrollo Económico de la Gobernación del Magdalena, respecto de modulación de la orden tercera proferida en la Sentencia T-606 de 2015.
  2. Segundo. Por medio de la Secretaría General, COMUNICAR a las partes del proceso de tutela y al Tribunal Administrativo del Magdalena la decisión adoptada en esta providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.